Una Historia para Compartir. La transparencia no debe ser una opción, es una exigencia. Por Saúl Monreal Ávila
En una democracia constitucional moderna, el manejo de los recursos públicos debe someterse no solo al marco jurídico vigente, sino también a mecanismos cada vez más robustos de control social y transparencia institucional.
Bajo esa convicción, hace unos días presentamos ante el Pleno del Senado de la República una iniciativa de reforma a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, cuyo propósito es incorporar un mecanismo formal de auditoría ciudadana apoyado en tecnología blockchain que permita vigilar en tiempo real los procesos de contratación pública.
El debate sobre las contrataciones del Estado no es menor, en ese ámbito se canaliza una parte sustantiva del presupuesto público destinado a obras, bienes y servicios para el funcionamiento del gobierno, se trata, en consecuencia, de uno de los espacios más sensibles en el ejercicio del dinero del pueblo.
Por ello, el artículo 134 de la Constitución establece con claridad que los recursos públicos deben administrarse bajo principios de eficiencia, honradez, economía, transparencia y máxima publicidad. Esa disposición constitucional es tal cual, un mandato que debe traducirse en instrumentos institucionales efectivos.
Nuestra propuesta parte del diagnóstico que hemos visto en la práctica de los gobiernos, de que los esquemas tradicionales de supervisión han operado, en gran medida, de manera posterior al ejercicio del gasto. Es decir, primero se ejecutan los contratos y después se revisa su legalidad o pertinencia.
Por ello proponemos transitar hacia un modelo preventivo de supervisión pública, la iniciativa contempla la creación de una Plataforma Cifrada de Contrataciones Públicas en la que cada dependencia y entidad del gobierno federal deberá registrar de forma cronológica, íntegra e inmutable los actos sustantivos de cada procedimiento de contratación desde la publicación de convocatorias, hasta las propuestas recibidas, los fallos, la firma de contratos y sus eventuales modificaciones.
El elemento innovador de esta plataforma radica en la utilización de tecnología blockchain, o cadena de bloques. Este sistema de registro digital permite almacenar información de manera cronológica mediante mecanismos criptográficos que enlazan cada registro con el anterior, generando una secuencia imposible de alterar sin que el propio sistema lo detecte. En términos prácticos, ello garantiza trazabilidad total de los procesos, integridad de los datos y mayor confianza pública en la información disponible.
Es importante subrayar que esta reforma no pretende sustituir las facultades de las instituciones encargadas de la fiscalización del Estado. La Secretaría de la Función Pública, los órganos internos de control y la Auditoría Superior de la Federación continúan siendo pilares del sistema de rendición de cuentas. Lo que proponemos es fortalecer ese entramado institucional incorporando una dimensión adicional: la participación ciudadana en la supervisión de los procedimientos administrativos.
La iniciativa reconoce explícitamente el derecho de la ciudadanía a acceder, verificar y auditar la información registrada en la plataforma, bajo lineamientos técnicos que salvaguarden la protección de datos personales, la seguridad nacional y la información legalmente reservada. Se trata de abrir los procesos sin comprometer las responsabilidades del Estado.
Y es que el combate a la corrupción no puede depender exclusivamente del control burocrático, requiere de la participación social y de mecanismos preventivos que reduzcan las opciones de malos manejos, así de simple. No basta con sancionar cuando el daño ya ocurrió; es indispensable construir sistemas que dificulten su gestación, como esto que proponemos.
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