Cuba autoriza empresas privadas con más de 100 trabajadores y abre la puerta al capital extranjero

Cuba autoriza empresas privadas con más de 100 trabajadores y abre la puerta al capital extranjero
Imagen creada con ChatGPT

La República de Cuba aprobó una de las reformas más amplias de los últimos años para su sector empresarial privado al autorizar compañías con más de 100 trabajadores, permitir la participación de cubanos residentes en el exterior y abrir la posibilidad de realizar directamente operaciones de comercio exterior y asociarse con capital extranjero.**

Las modificaciones quedaron establecidas en el Decreto-Ley 133/2026, publicado el 2 de septiembre en la Gaceta Oficial de la República de Cuba. La disposición modifica las normas que regulan las micro, pequeñas y medianas empresas, las cooperativas no agropecuarias y el trabajo por cuenta propia, y entrará en vigor el 9 de septiembre de 2026, siete días después de su publicación.

Nacen oficialmente las empresas privadas de más de 100 trabajadores

Uno de los cambios más importantes es la eliminación del límite de 100 personas ocupadas que hasta ahora marcaba el techo de las mipymes.

La nueva clasificación establece cuatro escalones empresariales:

  • Microempresa: de 1 a 10 personas ocupadas.
  • Pequeña empresa: de 11 a 35.
  • Mediana empresa: de 36 a 100.
  • Empresa privada: más de 100 personas ocupadas.

La legislación no establece un límite máximo de trabajadores para esta última categoría. De esta forma, una empresa privada podrá crecer por encima de los 100 empleados sin quedar fuera del marco jurídico establecido para los actores económicos privados.

Las compañías podrán organizarse como Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.R.L.) cuando tengan varios socios, o como Sociedad Unipersonal de Responsabilidad Limitada (S.U.R.L.) cuando exista un único propietario.

Cubanos residentes en el extranjero podrán ser socios


Otro cambio significativo es la ampliación de las personas que pueden participar como propietarios.

La nueva normativa permite que sean socios de empresas privadas las personas naturales cubanas residentes tanto dentro del territorio nacional como en el exterior, además de extranjeros con residencia permanente en Cuba.

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Esto supone una modificación relevante respecto al marco anterior, que imponía mayores restricciones a la participación empresarial de cubanos radicados fuera de la isla.

La legislación mantiene, sin embargo, determinadas incompatibilidades. No podrán ejercer como propietarios o administradores quienes ocupen determinados cargos de dirección en el Estado o el Gobierno, así como personas que mantengan deudas pendientes o hayan sido condenadas por delitos incompatibles con la actividad empresarial que pretendan desarrollar.

Empresas privadas podrán importar y exportar directamente


El Decreto-Ley 133 también reconoce expresamente a las mipymes y a las empresas privadas de más de 100 trabajadores la posibilidad de realizar directamente operaciones de importación y exportación.

La apertura no significa, sin embargo, una liberalización absoluta del comercio exterior: las empresas deberán obtener previamente las facultades correspondientes del Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera (MINCEX) y cumplir las regulaciones establecidas para esas operaciones.

Hasta ahora, buena parte de las operaciones internacionales de los actores privados cubanos debía canalizarse mediante empresas estatales autorizadas, que funcionaban como intermediarias.

La nueva normativa abre la posibilidad de que determinadas empresas privadas puedan negociar directamente con proveedores y clientes extranjeros una vez obtenida la autorización correspondiente.

Asociación con capital extranjero


Otra de las disposiciones de mayor alcance permite a las empresas privadas asociarse con capital extranjero para desarrollar su objeto social.

El Gobierno cubano ha presentado esta medida como parte de una política destinada a ampliar las fuentes de inversión, impulsar la producción y facilitar la integración de distintos actores económicos. El viceprimer ministro y ministro de Comercio Exterior e Inversión Extranjera, Óscar Pérez-Oliva, destacó este 3 de septiembre precisamente la asociación de empresarios privados con capital extranjero y el comercio exterior directo entre los cambios que podrían tener efectos sobre la economía cubana.

Mayor autonomía empresarial


Las nuevas empresas conservarán además distintas facultades de gestión.

Podrán determinar su estructura y plantilla laboral, fijar los precios de sus productos y servicios dentro de las regulaciones establecidas por las autoridades, determinar los ingresos de sus trabajadores respetando el salario mínimo vigente y abrir establecimientos secundarios en otras provincias del país.

También tendrán mayor margen para realizar inversiones y organizar sus operaciones empresariales, aunque continuarán sujetas al marco regulatorio, tributario, bancario, laboral y comercial establecido por el Estado cubano.

Parte de las 176 transformaciones económicas


El Decreto-Ley 133 forma parte del paquete de 176 transformaciones económicas y sociales presentado por el Gobierno cubano en junio de 2026.

Entre las medidas anunciadas entonces ya figuraban expresamente permitir la contratación de más de 100 trabajadores, autorizar que una persona pudiera ser propietaria de más de una empresa privada, ampliar las formas societarias, facilitar inversiones y conceder mayores posibilidades de comercio exterior a los actores no estatales.

El primer ministro Manuel Marrero Cruz ha defendido estas modificaciones como parte de una reorganización integral del modelo empresarial cubano, con el objetivo declarado de reducir restricciones, simplificar procedimientos y otorgar mayor autonomía a las distintas formas de propiedad y gestión.

En junio, Marrero sostuvo que las transformaciones buscan integrar a empresas estatales, privadas, cooperativas y otros actores dentro de un sistema empresarial más diverso, al tiempo que aseguró que las modificaciones se mantienen dentro del modelo económico socialista cubano.

Un cambio importante para el sector privado cubano


La autorización de empresas privadas con más de 100 trabajadores representa un cambio importante respecto al modelo establecido cuando Cuba autorizó nuevamente las mipymes privadas en 2021.

A partir del 9 de septiembre, el tamaño de una empresa privada ya no quedará limitado a 100 trabajadores y los negocios que superen ese umbral podrán seguir creciendo bajo una categoría empresarial reconocida expresamente por la legislación.

A ello se suman la participación de cubanos residentes en el extranjero, la posibilidad de asociarse con capital foráneo y la facultad de solicitar autorización para importar y exportar directamente.

La reforma supone así una ampliación significativa del espacio jurídico otorgado a la empresa privada en Cuba, aunque sus operaciones continuarán sujetas a autorizaciones y regulaciones estatales en áreas clave como el comercio exterior, los precios, la actividad económica permitida y el sistema financiero.