Avalan diputados hasta 25 años de cárcel por reclutamiento forzoso por el crimen organizado

Avalan diputados hasta 25 años de cárcel por reclutamiento forzoso por el crimen organizado

Por redacción

La Cámara de Diputados aprobó por unanimidad sancionar con hasta 25 años de prisión el reclutamiento forzado de personas para incorporarlas a grupos delictivos, en una reforma que considera forzado todo reclutamiento de niñas, niños y adolescentes.

Con 419 votos a favor, el Pleno avaló modificaciones a la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas, que establecen penas de 10 a 20 años de prisión para quien invite, induzca, incorpore o reclute personas para integrarlas a organizaciones criminales o involucrarlas en actividades delictivas.

La sanción aumentará de 15 a 25 años cuando el reclutamiento se realice mediante intimidación, amenazas, coacción, violencia física o moral o abuso de poder. En estos casos, también se impondrán multas de 10 mil a 80 mil días.

El dictamen, que fue enviado al Senado para su análisis, incorpora un capítulo específico sobre reclutamiento forzado y contempla agravantes cuando las víctimas pertenezcan a pueblos indígenas o comunidades afromexicanas, se encuentren en situación de movilidad humana o sufran lesiones, tortura, violencia sexual, privación de la libertad o tratos crueles.

Las penas podrán incrementarse hasta en una mitad cuando el responsable se ostente como servidor público, haya pertenecido a corporaciones de seguridad pública o a las Fuerzas Armadas, o utilice conocimientos adquiridos en empresas de seguridad privada para cometer el delito.

En caso de que el responsable sea servidor público, también se impondrán la destitución y la inhabilitación para ocupar cargos públicos hasta por un periodo equivalente al de la pena de prisión.

La reforma establece que el reclutamiento de menores de edad será considerado forzado, aun cuando no se acredite el uso de amenazas o violencia. Si niñas, niños o adolescentes son imputados por este delito, las autoridades deberán proteger el interés superior de la niñez y garantizar la restitución de sus derechos, conforme a la legislación aplicable.

El dictamen también prevé reducir hasta en una tercera parte las penas cuando los responsables aporten información relevante, corroborada con otros elementos de prueba, que permita esclarecer los hechos o identificar a otros implicados. Para acceder a este beneficio, no deberán ser reincidentes, tendrá que garantizarse la reparación integral del daño y el caso no deberá involucrar a un imputado por delincuencia organizada.

Una vez que entre en vigor la reforma, los congresos estatales que ya contemplen el delito de reclutamiento tendrán un plazo de 180 días naturales para armonizar sus leyes. Los procedimientos iniciados antes de la entrada en vigor continuarán conforme a las disposiciones vigentes cuando ocurrieron los hechos, salvo que la nueva ley resulte más favorable para las personas imputadas.