Aprueba Comisión de Justicia reforma la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo; normas legales contra reclutamiento forzado; delitos con uso de IA; pruebas de paternidad, protección a la niñez, y explotación laboral

Aprueba Comisión de Justicia reforma la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo; normas legales contra reclutamiento forzado; delitos con uso de IA; pruebas de paternidad, protección a la niñez, y explotación laboral

La Comisión de Justica, que preside el diputado Julio César Moreno Rivera (Morena), aprobó un dictamen a la minuta que reforma la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, derivado de una propuesta de la titular del Ejecutivo Federal, así como cinco dictámenes para modificar diversas disposiciones legales en temas de reclutamiento forzado, delitos mediante el uso de IA y programas de edición digital, pruebas de paternidad, protección especial de la niñez y explotación laboral.

Con 22 a favor, 7 en contra y cero abstenciones, la Comisión aprobó el dictamen a la minuta con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, con el objetivo de simplificar trámites, establecer plazos claros y modernizar los mecanismos procesales dentro del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.

El presidente de la Comisión explicó que se busca agilizar la tramitación de los juicios, particularmente en vía sumaria, estableciendo que estos deberán resolverse en un plazo máximo de seis meses, para ello se propone ajustar diversos términos y plazos que rijan la actuación tanto del Tribunal como de las partes en el proceso.

Entre las principales modificaciones, dijo, destaca la fijación de los plazos máximos de actuación para las magistradas y magistrados instructores, así como para la presentación de promociones por las partes, el incremento del monto para las procedencia del juicio en vía sumaria elevando el umbral actualmente previsto en UMAs y la incorporación de un nuevo supuesto para que el Tribunal conozca en esta vía de las resoluciones fiscales federales relacionadas con las solicitudes de devolución de contribuciones por saldos a favor a pagos indebidos.

Asimismo, agregó, se propone establecer un plazo común de cinco días para actuaciones del Tribunal respecto de los cuales la ley no prevé actualmente término expreso, así como fijar plazos específicos para diversas diligencias que hoy carecen de regulación temporal. Se contempla también la posibilidad de que, en los juicios tramitados en la vía tradicional, los interesados comparezcan y presenten promociones a través del sistema de justicia en línea, con el fin de agilizar los procedimientos.

El dictamen, continuó, aclara las reglas y plazos de las notificaciones mediante el boletín jurisdiccional reduciendo el tiempo para que surtan efectos de tres a dos días. Se elimina como falta grave el que una resolución impugnada sea contraria a la jurisprudencia de la Suprema Corte de la Justicia de la Nación; se añaden nuevos supuestos para negar la suspensión del acto impugnado cuando se afecte el interés social o el orden público y se delimitan plazos para la resolución de asuntos atraídos por el Tribunal.

Las y los integrantes de la Comisión también aprobaron con 21 votos a favor, el dictamen por el que se reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal, con el propósito de tipificar el reclutamiento forzado como un delito autónomo con una definición clara de elementos, modalidades físicas, alcances de las tareas directas y lineamientos sólidos para la creación de cuerpo del delito.

El presidente de la Comisión abundó que este dictamen integra diversas iniciativas de los grupos parlamentarios, y tiene como objetivo elevar las penas de prisión de acuerdo con el principio de proporcionalidad, lo cual garantiza la acción del Estado no dependa de otro ilícito y proteja a todos los grupos sociales, fortaleciendo la prevención, la persecución penal, la sanción y la reparación integral.

El dictamen también prevé alinear la legislación con estándares internacionales de derechos humanos y la jurisprudencia de la Suprema Corte de la Nación sobre la acreditación del cuerpo del delito antijuricidad y culpabilidad; su aplicación contribuirá a la protección de los derechos y garantía de las personas.

Con la unanimidad de 28 votos a favor, en la misma sesión, se ratificó el dictamen con proyecto de decreto por el que se reforma el Código Penal Federal y la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, a fin de sancionar los delitos cometidos mediante el uso de inteligencia artificial y programas de edición digital.

Moreno Rivera expuso que se busca precisar que los delitos de violación a la intimidad sexual y pornografía infantil también se configuren cuando las imágenes, videos o audios creados con inteligencia artificial y programas de edición digital sean sancionados.

También por unanimidad de 25 votos, se avaló el dictamen con proyecto de decreto por el que se adicionan diversas disposiciones al artículo 360 del Código Civil Federal, para determinar si un juez ordena la realización de una prueba genética y esta confirma la filiación biológica entre el progenitor y la persona menor de edad, el padre deberá cubrir los gastos derivados del procedimiento.

El presidente de la Comisión explicó que esta reforma tiene como finalidad determinar la afiliación mediante la identificación del ADN como un mecanismo certero que en la práctica judicial dichas pruebas genéticas han resuelto las disputas en esta materia.

La Comisión también aprobó, por unanimidad de 27 votos, el dictamen con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 109 y se adiciona un párrafo al artículo 137 del Código Nacional de Procedimientos Penales, en relación a las medidas urgentes de protección especial de niñas, niños y adolescentes.

Moreno Rivera detalló que las modificaciones proponen que en los procesos del orden penal se aseguren y protejan en el marco del derecho internacional de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, lo previsto en el artículo 122 fracción VI, solicitar al ministerio público competente la imposición de medidas urgentes y protección especial idóneas cuando exista un riesgo inminente contra la vida, integridad o libertad de niñas, niños y adolescentes.

Y con 26 votos, las y los diputados dieron su aval al dictamen con proyecto de decreto que reforma la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, a fin de incorporar en la definición de explotación laboral, la referencia expresa a los medios comisivos, coacción, amenaza, violencia física o moral, engaño o privación temporal de la libertad.

El presidente de la Comisión señaló que la reforma surge ante el incremento de casos en los que grupos delictivos utilizan ofertas de empleo falsas para captar víctimas, principalmente jóvenes en situación de vulnerabilidad, quienes posteriormente son sometidos a trabajos forzados u otras formas de explotación. La legislación vigente presenta vacíos que permiten a los tratantes simular relaciones laborales y argumentar el consentimiento de la víctima, lo que dificulta la acreditación del delito y puede derivar en la impunidad.